Accidentes en la pesca y trabajo embarcado
Mar del Plata es el puerto pesquero más importante del país. Representamos a marineros, maquinistas, personal de cubierta y trabajadores de plantas procesadoras ante la ART.
En resumen
Si te accidentaste a bordo de un buque pesquero o en una planta procesadora, la ART de tu empleador debe cubrir la atención médica y pagarte una indemnización si te quedó una incapacidad. El trabajo embarcado tiene particularidades —jornadas de marea, accidentes lejos de la costa, demoras en la denuncia— que no invalidan tu derecho a reclamar. La consulta con nosotros es gratuita.
Accidentes más frecuentes a bordo
Golpes y aplastamientos con maniobras de red, cabos y guinches. Caídas en cubierta mojada. Cortes en la manipulación de pescado y en el fileteado. Atrapamientos con maquinaria de procesamiento a bordo.
También son frecuentes las lesiones por esfuerzo repetitivo y por el trabajo en cámaras de frío: tendinitis, lumbalgias y afecciones articulares que aparecen con el tiempo y muchas veces no se denuncian a tiempo.
Plantas procesadoras y harineras
En tierra, los accidentes más comunes son cortes con sierras y cuchillas, caídas por pisos húmedos, atrapamientos con cintas transportadoras y exposición a ruido y químicos en la elaboración de harina y subproductos.
La hipoacusia por ruido y las afecciones respiratorias son enfermedades profesionales reconocidas: si trabajaste años en planta y hoy escuchás menos o tenés problemas para respirar, puede corresponderte una indemnización.
Qué pasa si el accidente ocurrió en altamar
Que el accidente haya ocurrido lejos de la costa, o que la atención médica haya llegado recién al regresar a puerto, no hace perder el derecho. Lo importante es dejar constancia: el parte de a bordo, el testimonio de compañeros y la primera consulta médica sirven como prueba.
Si la ART cuestiona el nexo entre el accidente y el trabajo por la demora, ese rechazo se puede discutir.
Contanos tu caso. La consulta es gratis.
Evaluamos tu situación sin cargo y te decimos con honestidad si te corresponde reclamar. Trabajamos a resultado: si vos no cobrás, nosotros tampoco.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿La ART cubre un accidente ocurrido en altamar?
Sí. Mientras estés trabajando en relación de dependencia y tu empleador tenga ART, la cobertura corre igual que en tierra. La distancia o la demora en llegar a un centro médico no anulan el derecho, aunque sí conviene documentar todo lo posible.
Trabajo por marea, ¿eso afecta mi reclamo?
No. La modalidad de contratación por marea no cambia la cobertura de riesgos del trabajo. Lo que importa es que exista relación laboral registrada al momento del accidente.
Perdí audición después de años en la planta, ¿puedo reclamar?
Sí. La hipoacusia por exposición a ruido está reconocida como enfermedad profesional. Se determina con estudios audiométricos y se compara con el historial de exposición en tu actividad.
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